TESTIMONIO: VISTO: El Expediente Nº 1262/84 y, CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Balcarce actuando en legal forma dictó el Decreto 124/85 en razón de las irregularidades verificadas en la tramitación de la rifa iniciada por la Cooperadora de la Escuela Nº 6 y que sigue en el citado expediente, Que por el Artículo 2º del Decreto 124/85 se aplicó una multa a cada miembro de la Asociación Cooperadora conforme lo disponen los artículos 33º y 36º del Reglamento, Que en las presentaciones efectuadas en el citado expedien- te y del dictámen del Asesor Legal Municipal obrante a fojas 47 surge la precariedad económica de los miembros de la Asociación Cooperadora para afrontar la obligación de la misma, Que es procedente atender la solicitud de los miembros de la Comisión Cooperadora en lo que hace al peso económico de la multa a aplicar, POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 136/85 ------------------------------ ARTICULO 1.- Exímese a los miembros de la Asociación Cooperadora de la Es- ------------ cuela Nº 6 de la multa impuesta en el Artículo 2º del Decreto 124/85 del 20 de febrero de 1985.------------------------------------------ ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los cator- ce días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco. FIRMADO: Al- berto J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--------